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Feb 26, 2017 La Quinta Pata Mendoza Comentarios desactivados en Audiencia 189: El desconocimiento
Comenzó la defensa al imputado Rolando Evaristo Carrizo. El alegato por el exmagistrado estuvo a cargo de Corina Fehlmann, integrante del Ministerio Público de la Defensa. Aunque desarrolló algunos argumentos nuevos, otros ya fueron parte de anteriores alegatos defensores.
La abogada Fehlmann comenzó la audiencia aclarando que coincidía completamente con sus colegas, especialmente con la defensa oficial y el pedido de múltiples nulidades. Posteriormente, se avocó a desarrollar lo que ella considera “la verdadera situación histórica del país” y poder explicar así “el verdadero rol de su defendido”.
Según la defensora, el marco político-jurídico de la época de las causas que se juzgan colocaba al imputado en una total ignorancia de los hechos cometidos. Cuando se declaró el Estado de sitio, durante el gobierno democrático de 1975, argumentó Corina Fehlmann, se podía detener a las personas de manera discrecional y quedar a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, legitimado por el artículo 23 de la Constitución Nacional. Abrió así un abanico ya conocido de doble defensa: quiso decir que el entonces juez Carrizo no tenía conocimiento de los secuestros, torturas y tratos inhumanos. Y además, que, en el caso de que hubiera sabido, no tenía jurisdicción ni competencia para juzgar.
Remarcó en varias oportunidades que existían dos marcos de actuación de las fuerzas de seguridad, uno legal y otro ilegal. Ella aseguró que su defendido actuaba en el marco legítimo, mientras que el clandestino le era totalmente ajeno. Es decir que -a pesar de los diversos testimonios brindados por víctimas contra Rolando Evaristo Carrizo- la abogada quiso remarcar que fueron los comandantes de las fuerzas armadas quienes estuvieron a cargo del plan sistemático secreto de “lucha contra la subversión”. Calificó de “eficaz” a la clandestinidad impuesta por los militares porque, según alegó Fehlmann, todo se supo después, cuando la dictadura llegó a su fin y en 1984 se publicó el informe de la Comisión Nacional de Desaparición de Personas.
La abogada defensora negó la existencia de cualquier plan sistemático represivo antes del 24 de marzo de 1976. En su posición, coincide el inicio del Golpe de Estado con el del terrorismo estatal. Es de ese modo que intenta defender al imputado Carrizo, que asumió como juez federal el 22 de diciembre del 75 y pidió una licencia el 28 de abril del 76, quedando cesante a partir del 28 de mayo de ese año. Para Corina Fehlmann, haber sido juez de la dictadura no convierte a los acusados en partícipes, como sostiene la acusación.

La defensora alegó que las leyes vigentes antes del 24 de marzo de 1976 fueron las dictadas por el gobierno constitucional y lo que hoy se considera conducta delictiva no lo era a la época de los hechos. Agregó además el argumento ya conocido de que el juzgamiento a estos exmagistrados es una persecución que pasó el filtro de la selectividad por parte de quienes acusan. Fehlmann aseveró que su defendido simplemente fue arrastrado en una descarga personal contra los exmagistrados Miret y Romano. En este argumento negó que Carrizo hubiera conocido las situaciones ilegales de secuestros, torturas, violaciones y detenciones en centros clandestinos.

La abogada Fehlmann tomó el argumento acusatorio de que existía la opción por la renuncia y aclaró que su defendido así lo hizo y no pretendía hacer carrera judicial. De hecho, después de su cesantía ejerció la abogacía de manera particular. Y sostuvo que la única acusación válida fue la original -la omisión de promover la persecución penal-, ya que considera inválida la ampliación de la acusación pretendiendo alterar la plataforma fáctica y violando el principio de congruencia.
Corina Fehlmann criticó la “desmedida expansión de delitos calificados como de lesa humanidad” y objetó que si hubo omisión, este no es un delito que forme parte del catálogo de crímenes contra la humanidad.
El debate continuará el lunes 6 de marzo a las 9.30.
Fuente: www.juiciosmendoza.wordpress.com
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