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La opinión pública se encuentra cubierta de interrogantes ante la situación planteada en la economía regional. Las versiones son muchas, pero los hechos pocos. En consecuencia, se está ante una lluvia de presuntos indicios que generalmente no responden a la realidad, sino a los deseos.
Las realidades concretas que se podrían consignar son las siguientes[i]:
→ El bodeguero Héctor Greco ha hecho cesión de los paquetes de sus empresas al Banco Central.
→ Las empresas de ese grupo tendrán una intervención en la práctica, por un tiempo, hasta determinar cuáles son rentables o cuáles no. Las que no sean rentables serán liquidadas.
→ El Banco de los Andes será una de las empresas liquidadas. Esto descabeza al grupo Greco, por cuanto todas sus maniobras se efectuaban en base al referido banco.
→ Respecto a las informaciones sobre libertad de Héctor Greco, José Greco y Jorge Bassil, no hay que confundir las alternativas. Estos estaban a disposición del Ejecutivo Nacional, y el juez Norberto Giletta dispuso su libertad. Pero el fiscal apeló la resolución ante la Cámara, la cual deberá decidir mediante fallo. Habitualmente, las Cámaras rechazan los fallos concediendo hábeas corpus, porque éstos no rigen durante la vigencia del estado de sitio.
→ Los cabecillas del grupo Greco están detenidos mientras se decide su situación legal. Aunque cabe aclarar que aún falta que el Banco Central eleve a la Justicia penal las anomalías detectadas en el Banco de los Andes, lo que podría implicar entonces que los hermanos Greco como Bassil pasaran a disposición tanto de magistrados de la Justicia Federal como de la Provincia. O sea que entrarían en la esfera del delito común debido a las “carpetas negras” existentes en la entidad bancaria intervenida, hechos que —entre otros— los harían estar incursos en el artículo 172 del Código Penal.[ii]
→ Las soluciones económicas para Mendoza obrantes en la CAL[iii], son de carácter socio-económico y generales. Otorgan un tiempo como para que los interventores puedan actuar en las distintas empresas y captar la realidad. Luego se producirán las liquidaciones, ventas o lo que fuere.
→ Se tratará que el balance final permita amortizar la deuda del grupo Greco con el Banco Central. Además, pagar el mayor número de deudas particulares, comenzando con los sectores más necesitados. Las deudas de mayor volumen quedarán para el final, si es que algo queda.
→ Se procura conciliar medidas de tipo político, con las normas legales y constitucionales, puesto que ninguna decisión puede ir contra la vigencia de la ley. Esta ha sido la gran tarea de la CAL.
→ Hay ya algunos grupos empresarios dispuestos a efectuar ofertas por algunas de las firmas del grupo Greco.
→ No debe tampoco esperarse un milagro. Se intenta salvar al mayor número de personas, pero con un desfasaje tal, es lógico que otros muchos sufrirán las consecuencias de lo sucedido con el grupo Greco.
→ En otro orden de cosas, uno de los sucesos más urticantes está dado por la presentación de las autoridades nacionales de un proyecto de reformas a la ley 14.878 (ley de vinos) que establece el funcionamiento del Instituto Nacional de Vitivinicultura. Las reformas otorgan absoluta prioridad a la representación estatal nacional, no así a los gobiernos de provincias. Esto motivó los públicos desacuerdos de los gobiernos de Mendoza y San Juan, y así lo hicieron saber al Ministerio del Interior, que los emplazó para emitir opinión. Si el proyecto fuera aprobado tal como se encuentra, es decir ignorando la representación de ambas provincias, se estima que los gobernadores Rolando José Ghisani y Angel Manuel Zamboni deberían presentar sus renuncias, ya que plantearon un problema de federalismo, que tiene su antecedente en los aportes provinciales al gobierno nacional, que en su momento determinó la dimisión del gobernador de la provincia de Córdoba, quien se negó a aceptar los aportes referidos.
Fuente: s/d , Interrogantes sobre la actual situación en 5ª edición, Mendoza, mayo de 1980, Director propietario: Guillermo Martínez Anzorena. Año I, Nº 8
[ii] Es el que dice: “Será reprimido con prisión de un mes a seis años, el que defraudare a otro con nombre supuesto, calidad simulada, falsos títulos, influencia mentida, abuso de confianza o aparentando bienes, crédito, comisión, empresa o negociación o valiéndose de cualquier otro ardid o engaño. (Título VI: Delitos contra la propiedad. Capítulo IV: Estafas y otras defraudaciones).
[iii]CAL era durante el gobierno de la dictadura 1976/1983 la sigla que denominaba a la Comisión de Asuntos Legislativos, órgano paraconstitucional que oficiaba un rol equivalente (pero falaz) de parlamento.
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