Última Actualización agosto 15th, 2026 10:17 AM
Dic 14, 2014 La Quinta Pata Nacional Comentarios desactivados en La Procuradora General dictaminó a favor de los habitantes de Andalgalá sobre el tema minero
La procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, dictaminó que debe admitirse el recurso presentado por los habitantes del municipio de Andalgalá en la causa por la explotación de la mina de Agua Rica. Los vecinos habían presentado un amparo para que se suspendan todo tipo de actividades en la zona, rechazado por todas las instancias judiciales provinciales. Ahora, la Corte Suprema de Justicia deberá resolver el expediente.
En su dictamen, Gils Carbó opinó que se debía devolver la causa a la Corte de Justicia de la Provincia de Catamarca «a fin de que se dicte una nueva ajustada a derecho». La procuradora sostuvo que se debate «el derecho humano de todos los habitantes a la salud y a gozar de un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes, sin comprometer las de las generaciones futuras», según el artículo 41 de la Constitución Nacional.
Además, señaló que, «a fin de garantizar el acceso a la justicia de los afectados», el tratamiento y la verificación de la admisibilidad del amparo debían ser tratados con «el máximo grado de prudencia». En ese sentido, consideró que el fallo de la Corte de Justicia de Catamarca (que no había hecho lugar a la solicitud por no cumplir con el requisito de sentencia definitiva exigido por la ley procesal local), «exhibe defectos de fundamentación» que afectan de forma directa e indirecta «las garantías constitucionales que se dicen vulneradas».
Enfatizó, además, que el máximo tribunal provincial no tuvo en cuenta los agravios presentados por los habitantes. En la demanda, se había ofrecido un análisis del estudio de impacto ambiental presentado por la empresa minera y realizado por la Universidad de Tucumán. También, habían solicitado la designación de peritos para que analizaran el emprendimiento, algo que ninguno de los magistrados intervinientes proveyó.
El amparo
En enero de 2010, un grupo de vecinos de Andalgalá, Catamarca, presentaron una acción de amparo contra la provincia, el municipio, la empresa Minera Agua Rica y la sociedad Yamana Gold Inc. El fin de la acción era obtener la suspensión de todo trabajo de instalación, transporte, construcción o preparación destinado a la explotación del yacimiento de cobre, oro y molibdeno de Agua Rica. El yacimiento está ubicado en los nevados de Aconquija, donde se encuentran varios ríos que irrigan a los territorios más bajos y que aportan el caudal para la supervivencia de Andalgalá y otros pueblos vecinos.
En el recurso, también solicitaban el cese definitivo del emprendimiento «por lesionar al medio ambiente y afectar los derechos a la vida y a la salud de todos los habitantes de la región». Agregaron que la metodología de explotación implica la detonación diaria de toneladas de explosivos, así como el triturado de roca, afectaría «la calidad del aire». Como argumento, citaron un informe de la Secretaria de Estado de Minería de la provincia de Catamarca, donde se formulaban una serie de objeciones y observaciones que debía resolver la empresa minera previamente a iniciar cualquier trabajo, algo que fue incumplido. Finalmente, destacaron que en los últimos años, varios médicos de la zona asociaron el incremento de diversas enfermedades (cáncer, enfermedades respiratorias y esclerosis múltiple, entre otras) con la explotación minera a cielo abierto.
Aunque en un primer momento el Juzgado de Control de Garantías había declarado admisible el amparo y requirió la presentación de informes al Poder Ejecutivo de la provincia de Catamarca; a la Secretaria de Minería; al Ministerio de Salud; a la Secretaría de Ambiente; al Poder Legislativo local; a la empresa Minera Agua Rica, y a la municipalidad de Andalgalá, luego declaró la inadmisibilidad. Lo fundamentó en «la necesidad de un mayor debate y prueba para la dilucidación». La decisión fue confirmada por la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, de Minas y del Trabajo de Segunda Nominación de la provincia.
En ese momento, los habitantes recurrieron ante la Corte Provincial, que también declaró inadmisible la acción. Luego del recurso extraordinario (que fue denegado), presentaron un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Fuente: Procuración General
Jul 23, 2017 Comentarios desactivados en Las mentiras y engaños de Macri sobre ARSAT y la privatización
Jul 09, 2017 Comentarios desactivados en Falleció el periodista Mario Dos Santos Lopes
Dic 13, 2020 Comentarios desactivados en «Una Navidad sin presos/as políticos/as»
Dic 06, 2020 Comentarios desactivados en Es ley el Aporte Extraordinario de las Grandes Fortunas
Oct 02, 2022 Comentarios desactivados en ¿Cómo les fue a las principales empresas argentina en los últimos años? Ventas, rentabilidad y costos laborales
El presente informe tiene por objetivo analizar el estado de situación de las empresas más grandes de Argentina. Para ello se utilizan como base de análisis los balances de las principales firmas industriales y de servicios con Estados Contables disponibles en la Argentina. El informe que se...
Sep 02, 2022 Comentarios desactivados en Informe fiscal: análisis de los ingresos, gastos y resultados del Sector Público Nacional – Datos a julio de 2022
Jul 27, 2022 Comentarios desactivados en Informe fiscal de junio 2022: menores gastos en subsidios y mayores en obra pública
Jul 26, 2022 Comentarios desactivados en ¿Qué pasó con el cuerpo de Evita?
por Pablo Vázquez / Agencia Paco Urondo En la noche del 23 de noviembre de 1955, a poco del golpe cívico militar contra Perón, un comando del Ejército al mando del teniente coronel Carlos Eugenio Moori Koenig, Jefe del Servicio de Inteligencia del Ejército (SIE), ingresó al edificio de la CGT...