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Jun 15, 2015 Aída Galán Guajardo Recomendada Comentarios desactivados en De esto (no) SI se habla…
“En nuestro país, la legislación reconoce causales para la interrupción legal del embarazo, este derecho incluye a todas las personas con capacidad para llevar adelante una gestación que se encuentren en alguna de esas situaciones. El ejercicio de este derecho se encuentra enmarcado en los derechos sexuales y reproductivos como parte de los derechos humanos, e implica el acceso a una atención integral de calidad que asegure el respeto por la intimidad y la autonomía, el flujo de información clara y veraz y el acceso a los adelantos tecnológicos e información científica actualizada.”
Protocolo para la atención integral de las personas con Derecho a la interrupción legal del embarazo. Ministerio de Salud de la Nación, Abril 2015
Mi cuerpo es mío…..
Aborto si, aborto no
Educación sexual en las escuelas si, Educación Sexual en las escuelas no….
Discusiones dilemáticas que siguen atravesando a la sociedad, información que deforma viralizada, marcos legales con los que se avanza y sin embargo, y sin embargo…. “Mendocita”, ausente.
En la legislación argentina el aborto es un delito, excepto cuando está contemplado en las causales de no punibilidad. El Código Penal establece cuáles son las circunstancias en las que el aborto no es punible; pero de muchas maneras este amparo legal es cercenado, empujando a las mujeres que tienen derecho a practicar una interrupción legal de su embarazo a hacerlo en condiciones de clandestinidad e inseguridad. Con esta conducta se afectan derechos muy básicos como el derecho a la justicia y el derecho a la igualdad.
El artículo 86 del Código Penal establece que: “… El aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible: 1º) Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios; 2º) Si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto”.
El 13 de marzo de 2012 la Corte Suprema de Justicia dio a conocer un fallo en el que precisó el alcance del aborto no punible, contemplado en el Código Penal. En ese fallo, los jueces supremos enumeraron tres reglas claras sobre el aborto no punible. En la primera interpretaron el inciso 2 del artículo 86 del Código Penal, al asegurar que no resultaba punible la interrupción del embarazo proveniente de toda clase de violación y no sólo cuando la víctima fuera demente o idiota. La segunda determinó que los médicos no debían requerir autorización judicial, sino la declaración jurada de la víctima o de su representante legal, en la que manifestara que el embarazo era consecuencia de una violación. La tercera regla se refirió a la actuación de los jueces. El máximo tribunal aseguró que tenían la obligación de garantizar derechos, por lo que su intervención no podía convertirse en obstáculos para ejercerlos. Por esto, debían “abstenerse de judicializar el acceso a esta intervención”, decisión que quedaba reservada a lo que dijeran la paciente y su médico.
En este sentido, producto de la movilización de organizaciones nucleadas en torno a la “Campaña Nacional por el derecho al aborto legal, seguro y gratuito” (y es noble decir que también los hombres encolumnados en agrupaciones antipatriarcales), en el 2012 el Ministerio de Salud de la Nación, a través de su programa de salud sexual y reproductiva elaboró la “Guía técnica para la atención integral de abortos no punibles” con el propósito de promover la igualdad de derechos, la equidad y la justicia social, definiendo medidas para reducir y eliminar las barreras para el acceso al aborto permitido por la Ley. Este protocolo ha sido recientemente actualizado. (http://www.msal.gov.ar/images/stories/bes/graficos/0000000690cnt-Protocolo%20ILE%20Web.pdf).
Desde aquel 2012 largo y tortuoso ha sido el camino para su reconocimiento y aplicación en las provincias. Entre ellas, Mendoza, continúa en deuda, como en deuda está la aplicación concreta, seria y universal de la Educación Sexual Integral, obviamente no es mera coincidencia, como tampoco lo parece la influencia y presión de la cúpula de la Iglesia Católica en el Estado provincial, pensemos que se rediscute nuestra ley de Educación, en la que no queda “clara” la laicidad de la misma.
En innumerables ocasiones el gobernador Francisco Pérez ha expresado que ya existe un protocolo al respecto, protocolo que no contempla el fallo de la Corte Suprema de Justicia, innumerables han sido las ocasiones en que la Legislatura provincial debatió el tema, e innumerables los cajones que lo archivaron.
Unos y otros “olvidan” que éste es tema de Salud pública. Muchas mujeres que hoy tendrían que tener acceso a la interrupción segura de su embarazo en hospitales públicos, no lo tienen, muchas mujeres de sectores populares, cuyos embarazos son fruto de la violencia sexual y de todo tipo a la que están sometidas. Adolescentes que tampoco tuvieron acceso a la Educación Sexual y transitan embarazos no planificados, como no “deseadas” fueron las situaciones que en muchas de ellas las condujeron a la procreación.
Mujeres que mueren y morirán en la clandestinidad, de la que nadie habla, de las que nadie hablará en el presente ni, me temo, en el futuro cercano, teniendo en cuenta el perfil e historial de los candidatos a gobernar Mendoza en los próximos 4 años.
Inacción, obstaculización, silencio del poder público que ha tenido como respuesta desde el campo social, la organización de mujeres socorristas que brindan información sobre uso seguro de misoprostol para la interrupción del embarazo a las mujeres, (https://www.facebook.com/malona.rosa?fref=ts), tarea que, insisto debería estar a cargo del Estado. Una vez más las mujeres en sororidad organizada tomamos en nuestras manos la defensa y ejecución de nuestros Derechos, no sin correr riesgos, difamaciones, ataques, hogueras….
Largo y tortuoso será entonces muchachas, el camino que nos queda para que “Mendocita” incorpore las políticas de salud y educación a nivel nacional que nos aseguren el acceso a nuestros Derechos básicos Humanos. Largos silencios que empiezan a quebrarse, porque de esto ellos no hablan, pero nosotras socorremos, actuamos en la urgencia, acompañamos, luchamos hasta que un día Mendoza deje su pulcro letargo.
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